El empresario deberá adoptar las medidas necesarias para la conservación de los historiales médicos individuales previstos en el apartado 3 del artículo 8º del presente Real Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de la índole de Prevención de Riesgos Laborales. Para implementarlo en tu empresa, https://lifewebdirectory.com/listings12758136/se-desconoce-detalles-sobre-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-carrera